


En caso de accidentes y enfermedades laborales, ¿quién paga mi licencia médica?
Descubre cómo las mutualidades te protegen sin afectar tu bolsillo, con pagos directos y rápidos.
¡Es importante recordarlo bien! Al momento de sufrir un accidente laboral, de trayecto, o una enfermedad profesional, las mutualidades son las encargadas de entregarte la cobertura del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales con atención médica y rehabilitación según corresponda.
Pero seguro te estarás preguntando, ¿y las licencias médicas también? Desde Mutual Seguridad te lo explicamos con peras y manzanas:
Para que lo tengas clarito, en caso de un accidente laboral, de trayecto o una enfermedad profesional, la licencia médica es pagado de forma íntegra por las mutualidades. Es decir, no afecta en tu bolsillo. ¡Apuesto que no lo esperabas!
Eso no es todo, a diferencia del sistema común de salud, el seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, paga el sueldo del trabajador durante el tiempo en el que se encuentre con licencia médica. ¡Y es más!, la pagan desde el día uno del reposo laboral.
Va otro datito. Las licencias otorgadas por las mutualidades son el equivalente al promedio de las tres últimas remuneraciones netas, subsidios o la suma de ambos antes del accidente.
Ahora si estás cubierto por Mutual de Seguridad, la cosa se pone mejor. Sí, porque en Mutual de Seguridad pagamos las licencias médicas de forma directa, o sea no pasan por el COMPIN, y se pagan antes de 30 días desde la indicación del reposo. Además, puedes registrar tu cuenta RUT (vista) o cuenta corriente en www.mutual.cl para agilizar los eventuales pagos de subsidios que pudieras recibir por concepto de accidente de trabajo, trayecto, enfermedad profesional, evitando así, tener que acudir de forma presencial para realizar el cobro.
Ya lo sabes, si sufres un accidente o enfermedad laboral, las mutualidades costean todo el tratamiento, medicamentos y recuperación, sin copago y sin exclusiones (además, no tiene límite de gastos). Y en el caso que lo amerite, se hace cargo de las indemnizaciones y sus respectivas pensiones.
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